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Pagar Multas de Trafico de la DGT

Recibir una multa de tráfico nunca es agradable, pero afrontarla a tiempo puede evitar dolores de cabeza y recargos inesperados. La DGT facilita el pago con varios métodos y gestiona de forma transparente todos los detalles para que puedas resolverlo sin complicaciones.

¿Qué Tipo de Multas Suele Gestionar la DGT?

La DGT se encarga de controlar y sancionar una amplia variedad de infracciones, muchas de ellas detectadas por radares, agentes o incluso sistemas automáticos. No todas las multas son iguales y conviene saber cuáles suelen llegar por su gestión.

  • Exceso de velocidad detectado por radares fijos o móviles.
  • Saltarse un semáforo en rojo o señal de stop.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • Uso indebido del teléfono móvil al volante.
  • Circular sin cinturón de seguridad o sistemas de retención infantil.
  • No respetar las normas de adelantamiento o prioridad.
  • Falta de documentación obligatoria del vehículo o conductor.
  • Conducir con ITV caducada o defectos graves.
  • Realizar maniobras peligrosas o temerarias.
  • Estacionar en lugares prohibidos en vías interurbanas.

Información Para Pagar una Multa por Infracción de Tráfico

Antes de abonar cualquier importe es importante verificar ciertos detalles para evitar errores y posibles fraudes. La DGT incluye toda la información relevante en la notificación de la multa para que no haya confusiones.

  • Número de expediente o referencia de la sanción.
  • Matrícula y datos del vehículo implicado.
  • Fecha, hora y lugar exactos de la infracción.
  • Importe total y posibles bonificaciones por pronto pago.
  • Descripción de la infracción cometida.

Pasos Para Pagar Multas de Tráfico a la DGT

La DGT ha adaptado todos sus canales para que el pago sea sencillo, rápido y accesible desde cualquier punto de España. A continuación, las opciones más habituales para hacer los pagos.

Pago en Ventanilla de Banco o Correos

  1. Acudir a una sucursal bancaria o Correos con la notificación original de la multa.
  2. Presentar el número de expediente junto al DNI o NIE vigente.
  3. Elegir el método de pago, ya sea en efectivo o tarjeta bancaria.
  4. Solicitar y guardar el resguardo sellado como comprobante del pago realizado.

Pago Online Desde el Portal Oficial

  1. Entrar al portal web de la DGT desde cualquier dispositivo con conexión segura.
  2. Acceder a la sección de sanciones e introducir la referencia de la multa.
  3. Rellenar los datos requeridos y verificar que la información esté correcta.
  4. Seleccionar el método de pago con tarjeta bancaria habilitada para la operación.
  5. Descargar el justificante digital emitido por la plataforma tras completar el pago.

Pago Desde la Aplicación Mi DGT

  1. Descargar la app Mi DGT en el móvil desde la tienda correspondiente.
  2. Acceder con Cl@ve, certificado digital o usuario registrado previamente en la app.
  3. Dirigirse a la sección “Mis multas” dentro del menú principal de la aplicación.
  4. Elegir la multa pendiente y pulsar en la opción de abonar sanción seleccionada.
  5. Añadir los datos de la tarjeta bancaria para proceder con el pago inmediato.
  6. Confirmar la operación y esperar la notificación digital de pago realizado.

Realizar el Pago Por Teléfono

  1. Llamar al 060 del servicio oficial de la DGT desde cualquier teléfono habilitado.
  2. Indicar los datos de la multa y matrícula solicitados por el operador.
  3. Facilitar los números de la tarjeta bancaria para proceder con el cobro.
  4. Solicitar el número de referencia de la transacción al finalizar la llamada.
  5. Anotar el código facilitado y conservarlo como confirmación de la gestión.

¿Cómo Se Puede Recurrir o Presentar Alegaciones Contra una Multa de Tráfico de la DGT?

Si no se está conforme con la sanción recibida, la DGT permite presentar alegaciones o recursos tanto presencialmente como por internet. El trámite se realiza dentro del plazo indicado en la notificación.

Alegaciones Presenciales Ante la DGT

  1. Acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico que corresponda durante el horario de atención establecido.
  2. Presentar la notificación de sanción junto con el DNI o documento oficial vigente.
  3. Redactar y entregar por escrito las alegaciones con los argumentos correspondientes.
  4. Adjuntar cualquier documento justificativo que respalde la reclamación presentada.
  5. Solicitar copia sellada por la oficina como comprobante de entrega.

Envío de Recursos Por Internet

  1. Entrar en el registro electrónico de la DGT con Cl@ve o certificado digital habilitado.
  2. Elegir la opción de presentación de alegaciones o recursos administrativos.
  3. Adjuntar digitalmente la sanción y toda documentación adicional que corresponda.
  4. Completar el formulario requerido con los datos personales y argumentos del recurso.
  5. Firmar electrónicamente la solicitud y enviarla para su registro inmediato.
  6. Descargar y guardar el acuse de recibo digital que acredita la presentación.
  7. Revisar el estado del trámite en la web si se desea realizar seguimiento posterior.

Si la DGT acepta el recurso, la sanción queda anulada y no se aplican ni el cobro ni la retirada de puntos, aunque la multa estuviera asociada a la pérdida de saldo en el permiso de conducir.

¿Las Multas de Tráfico de Ayuntamientos y Otras Entidades También Se Pagan a la DGT?

No todas las multas pueden abonarse a través de la DGT. Las sanciones impuestas por ayuntamientos, consells u organismos autonómicos suelen tener canales propios de pago, salvo algunos convenios puntuales. Por norma general, estas multas requieren abono directo al organismo que las emite, ya sea mediante su página web, en bancos concertados o en sus propias oficinas.

¿Cuál Es el Plazo Para Pagar la Multa con Descuento?

El descuento del 50% se puede aprovechar durante los primeros 20 días naturales desde la notificación. Después de este plazo, ya solo es posible abonar la cantidad completa indicada en la sanción, perdiendo el beneficio del pronto pago.

¿Las Multas de Radar Son Siempre Notificadas por Correo?

En la mayoría de casos la notificación llega por carta, pero también puede recibirse vía electrónica si el usuario está dado de alta en la Dirección Electrónica Vial. Es importante revisar ambos canales para evitar perder los plazos de pago o recurso.

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